La Indemnización por despido improcedente

La Indemnización por despido improcedente

Todo trabajador contratado antes del 12-02-2012, recibirá una indemnización por despido improcedente equivalente a 45 días de salario por año trabajado hasta el 12-02-2012, con un tope de 42 mensualidades. Con la reforma laboral operada por el RD Ley 3/2012 de 10 de febrero, esto cambia. Y aquel trabajador contratado a partir del 13-02-2012 recibirá una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

En ambos casos, los períodos inferiores al año se prorratearan por meses. La reforma introdujo el importe indemnizatorio máximo, y es que la indemnización a percibir no puede ser superior a 720 días de salario, con la salvedad que si del cálculo indemnizatorio correspondiente al período anterior al 12-02-2012 resultase un número de días superior, se aplicaría este, pero con el tope de las 42 mensualidades.

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